, 31 Mar. 21 (ACI Prensa).- Luego que la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de Chile aprobó el proyecto de eutanasia, varias organizaciones expresaron que de convertirse en ley será “el peor daño que podemos hacerle a los más vulnerables”.
El proyecto sobre “muerte digna y cuidados paliativos” aprobado por la comisión el 29 de marzo, será votado en el pleno de la Cámara Baja en los próximos días, para luego pasar a su segundo trámite constitucional en el Senado.
El proyecto establece que una persona mayor de 18 años puede acceder a la eutanasia si es diagnosticada con un problema de salud grave e irremediable.
La persona debe encontrarse consciente al momento de la solicitud o, en caso contrario, debe contar con una declaración de voluntad anticipada. La manifestación de la voluntad debe ser razonada, reiterada, inequívoca y libre de cualquier presión externa.
Además, un médico psiquiatra debe emitir un certificado que indique que el paciente se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales.
Sobre el debate, Comunidad y Justicia, el Instituto de Estudios Superiores, el Instituto Res Publica e IdeaPaís señalaron en una columna para el diario La Tercera que la discusión en torno a la eutanasia “versa sobre la dignidad humana”.
“El punto es cómo entendemos y qué se deriva de dicha comprensión”, sostuvieron.
“Nosotros afirmamos que tal dignidad exige un respeto irrestricto a la vida humana, aun en las circunstancias más adversas. En ellas la respuesta debe ser compañía y ayuda médica para paliar los dolores”.
“Esa es la real exigencia de la compasión, que significa ‘sufrir con’ y no ‘matar al’ que sufre” por lo tanto, “este es el peor daño que podemos hacerle a los más vulnerables”, aseguraron las organizaciones.
Comunidad y Justicia precisó, en un documento entregado a ACI Prensa, que el proyecto “no señala solemnidades para la manifestación de voluntad”, es decir, no queda registro de esto.
En efecto, “se rechazó la indicación que permite al paciente retractarse por cualquier medio hasta el último minuto. Esta indicación proponía que el paciente pudiera expresar su arrepentimiento incluso mediante ‘lenguaje kinésico y gesticular’”.
Comunidad y Justicia además alertó que la “enfermedad o dolencia” “puede ser psíquica”, y “restringir gravemente la capacidad de decidir del paciente”.
En ese sentido, “no se exige evaluación biopsicosocial” ya que “se rechazaron las indicaciones que exigían este tipo de evaluación por parte de un equipo de cuidados paliativos” y también de parte del comité de ética para que “se pronuncie sobre si se cumplen las condiciones establecidas en la ley”.
Además, se definió que “los cuidados paliativos no son un requisito”, desconociendo la evidencia de la Facultad de Medicina de la Pontifica Universidad Católica de Chile que indica que “los cuidados paliativos disminuyen en al menos un 50% las solicitudes de eutanasia”.
En una entrevista concedida a ACI Prensa en enero de 2021, Vicente Hargous, abogado de Comunidad y Justicia, alertó que el proyecto supera a las leyes de eutanasia de los Países Bajos y Bélgica, en materia de salud mental, es decir, “lo pone en las leyes más liberales del mundo”.
El abogado dijo que el proyecto deja en evidencia que “los cuidados paliativos no están garantizados como prestación”. “Al menos en Holanda sí hay un sistema de cuidados paliativos, pero acá en Chile, solo están garantizados para los casos del cáncer oncológico”, aseguró.
En ese sentido, Hargous denunció que los médicos paliativistas “no fueron oídos en la discusión general del proyecto, siendo que precisamente ellos son las personas más calificadas para hablar acerca del sufrimiento de los pacientes y del modo de enfrentar la muerte”.
“Al parecer, únicamente buscan que la eutanasia sea aprobada del modo más ‘liberal’ posible, sin trabas, como la de aliviar el sufrimiento del paciente antes de tomar una decisión de ese calibre”.
El proyecto de eutanasia, que comenzó su tramitación en la Cámara Baja en enero de 2018 tras una fusión de cuatro proyectos anteriores, introduce modificaciones a la Ley sobre Derechos y Deberes de las Personas en Atención de Salud y en los códigos Civil y Penal.
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