CIUDAD DE MÉXICO, 30 Jul. 20 (ACI Prensa).- Este 29 de julio, por cuatro votos contra uno, un nuevo intento feminista de despenalizar el aborto en todo México fracasó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. ¿Por qué?
En su mayoría, los magistrados de la SCJN, el mayor órgano judicial de México, señalaron errores de forma en el proyecto que buscaba favorecer un amparo dictado por un juez de distrito contra el Congreso de Veracruz, ordenándole modificar tres artículos del Código Penal estatal y despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación.
Un juicio de amparo es un mecanismo en el que se reclama la vulneración de derechos por parte de una autoridad.
El amparo revisado por la SCJN aseguraba que había una “omisión legislativa” del Congreso de Veracruz al no despenalizar el aborto.
Al justificar su voto en contra, la ministra Norma Lucía Piña Hernández dijo que “la Corte en mi opinión no puede sustituir al Congreso para ordenarle un contenido legislativo específico en este caso, pues no existe un mandato legislativo específico de legislar en ese sentido”.
De haber votado a favor del proyecto, advirtió, “la Corte incurriría de esta manera en el llamado activismo judicial, que desbordaría en mucho las facultades constitucionales de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
En el mismo sentido, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat dijo que en el proyecto “hay impedimentos técnico-jurídicos para entrar al fondo que demanda este caso”.
El camino de un amparo fallido
El fracasado intento de diversos colectivos feministas por despenalizar el aborto se remonta a noviembre de 2016, cuando lograron que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), órgano dependiente de la Secretaría de Gobernación, declarara una “Alerta de violencia de género contra las mujeres en el estado de Veracruz”.
La declaratoria de la Alerta de violencia de género llevó a que en julio de 2017 se presentara ante el Congreso de Veracruz un proyecto de ley para modificar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal estatal, que se refieren a las sanciones para el delito de aborto.
En ese proyecto, la diputada Tanya Carola Viveros Cházaro, integrante del partido Morena, del hoy presidente de México Andrés Manuel López Obrador, pedía la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación.
El 28 de septiembre de 2017, las Comisiones permanentes unidas de justicia y puntos constitucionales del Congreso de Veracruz dictaminaron en contra del proyecto de ley, porque, entre otros puntos, “el derecho a la vida humana está protegida desde la concepción, por la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave”.
En efecto, el artículo 4 de la Constitución de Veracruz señala que “el Estado garantizará el Derecho a la vida del ser humano, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, como valor primordial que sustenta el ejercicio de los demás derechos”.
El proyecto fue finalmente rechazado en el Pleno del Congreso de Veracruz el mismo 28 de septiembre.
Las organizaciones feministas que promueven la despenalización del aborto presentaron un amparo que les fue concedido por un juez de distrito, que ordenó al Congreso de Veracruz despenalizar el aborto siguiendo lineamientos de la Convención para la eliminación de la discriminación contra la mujer (CEDAW), de la Organización de Naciones Unidas (ONU), y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém do Pará, de la Organización de Estados Americanos (OEA).
Ninguna de las convenciones son, tal como reconocería después el propio proyecto presentado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “fuentes formales de derecho internacional”, por lo que no son de cumplimiento obligatorio para los países.
Entre las organizaciones promotoras del amparo se encuentran la falsa organización católica “Católicas por el Derecho a Decidir” y la Fundación Mexicana para la planeación Familiar (MEXFAM), integrante de la International Planned Parenthood Federation (IPPF), cuya filial estadounidense, Planned Parenthood Federation of America, ha sido acusada de traficar con órganos y tejidos de bebés abortados en sus instalaciones.
El Congreso de Veracruz impugnó el amparo, que debía ser revisado por un Tribunal Colegiado, pero fue asumido, como parte de sus competencias, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Recientemente el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, propuesto para la SCJN en 2018 por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, presentó el proyecto de resolución, favoreciendo el amparo contra el Congreso de Veracruz, a la Primera Sala del máximo órgano judicial mexicano, que él preside.
Un día antes de la discusión y votación en la SCJN, 237 legisladores y 219 abogados mexicanos expresaron su rechazo al proyecto de González Alcántara Carrancá, pues, entre otras razones, “se extralimita en su decisión, toda vez que reconoce que no existe un tratado que obligue textualmente a un cambio en la ley de Veracruz y pese a ello falla en sus interpretaciones sobre discriminación y violencia a la mujer, violentando con esto el caso de estudio al tratarse de un amparo por omisión legislativa”.
El 29 de julio, por cuatro votos contra uno –el de González Alcántara Carrancá–, el proyecto fue rechazado en la forma.
Al finalizar la votación, el ministro González Alcántara Carrancá instruyó que se derive el caso a alguno de los otros ministros para que replantee el proyecto. Sin embargo, debido a la forma en la que fue presentado el amparo y a las posiciones tomadas por los ministros de la SCJN en su reciente votación se podría esperar que sea definitivamente rechazado.
0 comentarios:
Publicar un comentario