, 28 Sep. 21 (ACI Prensa).- El Colegio de Médicos de Madrid (España) emitió un comunicado ante la posibilidad de que se dificulte la posibilidad de que los profesionales de la medicina puedan acceder a la objeción de conciencia en la práctica de su actividad y destacaron que "ninguna normativa disruptiva ni leyes ideológicas oportunistas pueden regularla y mucho menos limitarla o condicionarla".
La Ministra de Igualdad, Irene Montero, aseguró en una entrevista en la cadena Ser el pasado 23 de septiembre que "la objeción de conciencia no puede ser un obstáculo para que las mujeres ejerzan su derecho a interrumpir un embarazo. Debemos reformar la ley para regularla y que en este país el aborto sea garantizado en la sanidad pública".
Montero presentó una propuesta de reforma de la ley del aborto en España que prevé que elimine la necesidad de que las jóvenes de entre 16 y 18 años requieran del consentimiento paterno para abortar. Así como eliminar o al menos dificultar la objeción de conciencia de los medicos.
El Tribunal Constitucional de España considera un derecho fundamental la objeción de conciencia de los médicos “cuando deriva de un imperativo moral vinculado a la vida, como son el caso del aborto y la eutanasia”. El Estado debe garantizar tanto que la mujer acceda al aborto, como la posibilidad de que el médico objete, siempre que éste se haya declarado objetor de manera anticipada y por escrito.
Ante esta situación el Colegio de Médicos de Madrid emitió un comunicado en el que responden a las declaraciones de la ministra que "menoscaban el derecho constitucional y nuestro código de conducta, al pretender limitar el derecho al legítimo ejercicio de la objeción de conciencia”.
Por eso subrayaron que “nuestra sociedad no puede permitir un ataque a los derechos fundamentales de este calibre sin antes hacer una profunda reflexión”.
Y alertaron de “las graves implicaciones que se derivan de inmiscuirse en la libertad de conciencia ya que podrían alterar todo el sistema de libertades reconocido en la Constitución y en las leyes”.
De este modo, desde el Colegio de Médicos de Madrid insistieron en que la defensa de la objeción de conciencia del médico “corrobora y se ampara” en los sólidos y bien fundamentados argumentos que se encuentran en el documento que sobre la materia aprobó por unanimidad en su reunión plenaria del 15 de julio de 2021 el Comité de Bioética de España, así como en el informe presentado en el mismo mes por la Comisión Deontológica del ICOMEM sobre el registro de objetores.
“La conexión entre libertad de actuación médica y la objeción de conciencia es poco discutible”, insisten y subrayan que el propio Código Deontológico del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, señala en el artículo 32 que el reconocimiento de la objeción de conciencia del médico es “un presupuesto imprescindible para garantizar la libertad e independencia de su ejercicio profesional”.
También recordaron que “el reconocimiento de la objeción de conciencia no es solo una exigencia ética sino también constitucional”, por lo que la objeción siempre debería quedar “amparada por la posibilidad de acogerse a la no realización de actos gravemente contrarios a la propia conciencia” y reconocerlo es también saber “que la justicia es mucho más que las leyes y que hay derechos fundamentales que toda norma debe siempre respetar”.
Y explicaron que el Colegio de Médicos de Madrid acoge “de buen grado” las acciones y comunicaciones de objeción de conciencia y recuerda a los médicos que les sostiene y protege en su actuar “transmitiéndole que en toda su actividad clínica tendrá el apoyo institucional en el ejercicio de este derecho insoslayable a la objeción”.
“Es nuestro deber salvaguardar la razón de ser que nos llevó a elegir la Medicina como profesión para servir a los pacientes y a la sociedad con un ejercicio profesional fiel a los valores de nuestro Código Deontológico. Es nuestra identidad como médicos y a la vez nuestro compromiso con los enfermos”, insistieron en el comunicado.
Por eso también recordaron que la objeción de conciencia es “un derecho fundamental reconocido internacionalmente en la Carta Europea de Derechos Humanos. Ninguna normativa disruptiva ni leyes ideológicas oportunistas pueden regularlo y mucho menos limitarlo o condicionarlo”.
Y recordaron la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró que la objeción de conciencia “no exige de regulación jurídica específica de cara a poder ser reconocida, ya que es una manifestación de la libertad de tal manera que tal derecho existe y puede ser ejercido con independencia de que se haya dictado o no tal regulación”.
“El ejercicio de la objeción de conciencia debe ser libre, confidencial y aplicarse de forma sobrevenida, “ad casum”, en las circunstancias, lugar y tiempo del caso concreto que se plantee”, apuntan y destacan que “sólo así el médico dispone de todos los elementos clínicos y personales que concurren en cada caso para enjuiciar rectamente una situación concreta en una persona y tiempo concretos, y decidir en conciencia la aplicación o no de una terapia o petición de cada paciente”.
“Poner trabas a la objeción de conciencia sin escuchar a los profesionales sanitarios es amordazar a los que piensan distinto, comprometiendo la libertad del profesional y es un ataque frontal a la relación de respeto y confianza entre médico y paciente, que es patrimonio intangible de la humanidad”, aseguraron.
También destacaron que según el informe elaborado por la Comisión de Ética y Deontología del ICOMEM, “la objeción de conciencia no es desobediencia civil ni una forma de manifestar anticipadamente creencias o convicciones, sino que, típicamente, sucede de forma sobrevenida, cuando el profesional afronta la situación donde ya se encuentra en el contexto concreto de actuación que resulta en contraposición radical con su propia conciencia”.
Y recuerdan que en esos momentos, el médico objetor “debe comunicar al paciente de forma comprensible y razonada las causas de su objeción algo que no podría hacer si es excluido del proceso asistencial y también al responsable inmediato de la prestación y potestativamente al Colegio de Médicos que le prestará el asesoramiento y la ayuda necesaria”.
Desde el Colegio de Médicos de Madrid destacaron que los profesionales de la medicina no ejercen su actividad de modo teórico ni meramente académico, “sino desde la práctica viva y real de ser médico en donde suceden los sufrimientos que acarrea la enfermedad, los conflictos, los problemas, los dilemas”.
“No podemos tolerar una injerencia ilegítima en el ejercicio de la Medicina. Rechazamos la contraposición, artificialmente creada, entre el derecho a la objeción de conciencia que cualquier médico puede ejercer, con el derecho a la atención sanitaria de cualquier ciudadano. El Colegio de Médicos de Madrid manifiesta públicamente su firme compromiso de aplicar, mantener y reforzar todos y cada uno de los principios y valores de la profesión médica”, destacaron.
0 comentarios:
Publicar un comentario